Una comunidad de propietarios tendrá que pagar 601 euros por grabar su portal

La Agencia Española de Protección de Datos impone la multa después de que uno de los vecinos denunciase la instalación de dos cámaras sin acreditar que se informase de su existencia y finalidad. Los taxistas y los comerciantes del centro no son los únicos que tienen problemas por la instalación de cámaras de videovigilancia. Una comunidad de propietarios de Granada tendrá que abonar una multa de 601 euros por la instalación de dos dispositivos de grabación en el portal común de entrada a las viviendas. La resolución de la Agencia Española de Protección de Datos, AEPD, contra la que cabe recurso ante la jurisdicción Contencioso Administrativa, establece que por parte de los denunciados no se ha acreditado que “se informara de su existencia y finalidad”, tal como establece la Ley Orgánica de Protección de Datos, LOPD.

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