Reglamento Sancionador Información sobre el Reglamento Sancionador y sus cunatías

El régimen de sanciones previstas para las infracciones de acción u omisión es muy alto y puede llegar hasta los 600.000€.

Por ejemplo no declarar la tenencia de un fichero a la Agencia de Protección de Datos se considera una falta leve que puede conllevar una sanción desde 900€ a 40.000€.

Una cesión de datos sin consentimiento es una falta muy grave que puede ser sancionada con hasta 600.000€. No disponer del documento de seguridad y dejar de aplicar las medidas previstas en el mismo es una infracción grave que puede ser sancionada con hasta 300.000€ por fichero.

  • Leves: 900€ a 40.000€
  • Graves: 40.001€ a 300.000€
  • Muy Graves: 300.001€ a 600.000€

La cuantía de las sanciones se graduará atendiendo a la naturaleza de los derechos personales afectados, al volumen de los tratamientos efectuados, a los beneficios obtenidos, al grado de intencionalidad, a la reincidencia, a los daños y perjuicios causados a las personas interesadas y a terceras personas, y a cualquier otra circunstancia que sea relevante para determinar el grado de antijuridicidad y de culpabilidad presentes en la concreta actuación infractora.

En el caso de utilización o cesión ilícita de datos que atenten contra los derechos fundamentales, el Director de la A.P.D. podrá requerir a los responsables de los ficheros, tanto públicos como privados, la cesación de la utilización o cesión ilícita de los datos. Si se desatiende el requerimiento, se podrán inmovilizar los ficheros mediante resolución motivada.