Sanción de 40.001 € a IKEA por la toma de imágenes de espacios públicos con cámaras de video vigilancia

La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto una multa de 40.001 euros a la multinacional IKEA en el Centro Comercial Marineda City por la instalación de cámaras sin señales que indicasen a los clientes o transeúntes del centro comercial que estaban siendo grabados en espacios públicos situados fuera de las instalaciones de la empresa. El procedimiento sancionador se inició tras la denuncia de un particular y la entidad sin ánimo de lucro “Movemento polos Dereitos Civís”. Tras la denuncia la entidad denunciada colocó señales advirtiendo la colocación de las cámaras de videovigilancia, redujo algunas zonas de grabación pixelando parte del campo de grabación y reorientó alguna de las cámaras, pero todo ello no convenció a la Agencia Española de Protección de Datos dado que las cámaras reorientadas podrían volver a ser colocadas en su posición inicial. Finalmente y aunque la empresa admitió que la colocación de las cámaras era inadecuada y que procedería a reorientarlas y subsanar los errores cometidos, indicó la Agencia que la entidad “no ha acreditado que hayan retirado o reorientado una de las cámaras, que toma imágenes de la vía pública entendida como espacio libre de tránsito para las personas. En tal sentido, de la toma de imágenes de dicha cámara, se concluye que se trata de un espacio libre, por lo que no tiene sentido la captación de imágenes del centro de la plaza”, procediendo a imponer la sanción indicada por una infracción del artículo 6.1 de la LOPD, tipificada como grave en el artículo 44.3.b).

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